
Si tu negocio factura como sociedad (una SL, una SA, una cooperativa) en lugar de como autónomo, hay algo importante que debes saber: tu fecha límite es antes que la de los autónomos, y probablemente tu proceso de adaptación va a implicar a más personas y a más sistemas dentro de tu organización. En este artículo nos centramos específicamente en cómo afecta Verifactu a las empresas, qué cambia respecto a lo que ya hacéis, y qué retos concretos surgen cuando la obligación no depende de una sola persona, sino de un equipo.
Quién se considera «empresa» a efectos de Verifactu
A efectos de esta normativa, entran en el grupo de «empresas» todas las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades: sociedades limitadas (SL), sociedades anónimas (SA), cooperativas y asociaciones con actividad económica, entre otras. Es una categoría más amplia de lo que a veces se piensa: no hace falta ser una gran corporación, una SL de un único socio que factura poco también entra dentro de este grupo, con la misma fecha límite que una empresa de cien empleados.
Fecha límite: 1 de enero de 2027
A diferencia de los autónomos y del resto de contribuyentes por IRPF (que tienen hasta el 1 de julio de 2027), las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades deben tener su sistema adaptado seis meses antes, el 1 de enero de 2027. Este adelanto no es casual: responde a que, en general, las sociedades gestionan volúmenes de facturación mayores y sistemas más complejos, y Hacienda ha priorizado su adaptación al considerar que tienen, de partida, más recursos técnicos y administrativos para afrontar el cambio.
¿Qué cambia realmente respecto a lo que ya hacía tu empresa?
Aquí hay un matiz importante que diferencia a las empresas de muchos autónomos: la mayoría de las sociedades ya facturan con algún tipo de software o ERP, a diferencia de una parte del colectivo autónomo que todavía usa Excel o plantillas manuales. Para una empresa, el cambio no suele ser «empezar a usar software» sino:
- Confirmar que el ERP o programa de facturación actual incorpora los requisitos técnicos (hash, encadenamiento, QR, declaración responsable) o está en proceso de hacerlo.
- Adaptar los procesos internos de emisión de facturas, especialmente si hay varios departamentos o personas que facturan (comercial, administración, distintas delegaciones).
- Revisar la integración con la contabilidad, ya que muchas empresas usan un ERP donde facturación y contabilidad están conectadas, y cualquier cambio en el módulo de facturación puede tener efectos en cascada.
Excepciones que también aplican a las empresas
Igual que ocurre con los autónomos, no todas las sociedades entran dentro del ámbito general de Verifactu:
- Empresas ya acogidas al SII (Suministro Inmediato de Información), generalmente por superar los 6 millones de euros de facturación o por inscripción voluntaria (REDEME), ya que este sistema impone obligaciones de suministro de información incluso más estrictas.
- Contribuyentes de regímenes especiales como el recargo de equivalencia, o los regímenes propios de agricultura, ganadería y pesca.
- Empresas con domicilio fiscal en País Vasco o Navarra, sujetas a TicketBAI u otra normativa foral equivalente, en lugar de a Verifactu.
Si tu empresa no encaja en ninguno de estos supuestos, la obligación general te aplica en la fecha indicada.
Retos específicos de las empresas frente a los autónomos
Adaptar una empresa a Verifactu no es simplemente «cambiar de programa»; suele implicar coordinar varios frentes a la vez:
- Sistemas multiusuario: si varias personas emiten facturas (comercial, administración, distintas sedes), todas deben trabajar sobre el mismo sistema conforme, sin atajos paralelos en hojas de cálculo.
- Integración con el ERP existente: muchas empresas no usan un programa de facturación aislado, sino un módulo dentro de un ERP más amplio (gestión de stock, RRHH, contabilidad). Cualquier adaptación debe considerar el impacto en el resto del sistema.
- Varios puntos de facturación o sucursales: las empresas con varios locales, tiendas o delegaciones deben asegurarse de que todos los puntos de emisión de facturas, incluidos TPVs físicos, cumplen el mismo estándar.
- Grupos de empresas: si tu organización incluye varias sociedades (matriz y filiales), cada una necesita su propio sistema conforme, aunque puedan compartir el mismo proveedor de software.
- Departamento contable y fiscal: a diferencia de muchos autónomos que gestionan su facturación en solitario o con ayuda puntual de una gestoría, en una empresa suele haber un departamento (o al menos una persona) responsable de coordinar el cambio con el proveedor de software y con el asesor fiscal externo.
Pasos para adaptar tu empresa a Verifactu
- Audita tu sistema actual. Identifica qué programa o ERP usáis para facturar y contacta con el proveedor para confirmar si ya cumple el Reglamento o cuándo tiene prevista su adaptación.
- Solicita la declaración responsable. Es el documento que certifica que el software cumple los requisitos técnicos; pídela por escrito y consérvala.
- Involucra a todos los puntos de facturación. Haz un mapa de quién y desde dónde se emiten facturas en tu organización (comercial, administración, TPVs, tienda online) para asegurarte de que ningún punto queda fuera de la adaptación.
- Coordina con tu asesor fiscal o departamento contable. La migración del sistema de facturación puede afectar a la forma en que se preparan las declaraciones trimestrales, por lo que conviene planificarlo con margen.
- Haz una prueba piloto antes de la migración definitiva. Si tu empresa tiene cierto volumen, es recomendable probar el nuevo sistema en paralelo durante un periodo antes de depender de él al cien por cien.
- Forma al equipo. Todas las personas que emitan facturas deben entender el nuevo flujo de trabajo, especialmente si cambia la forma de generar facturas simplificadas o de gestionar anulaciones.
Preguntas frecuentes
¿Una SL de un solo socio tiene el mismo plazo que una gran empresa? Sí. La fecha límite (1 de enero de 2027) depende de estar sujeto al Impuesto sobre Sociedades, no del tamaño de la empresa.
¿Si mi empresa ya está en el SII, tengo que preocuparme por Verifactu? No de la misma forma: las empresas acogidas al SII quedan, en general, fuera del ámbito general de esta obligación, al estar sujetas a un sistema de control específico y más exigente.
¿Qué pasa si mi empresa tiene varias sociedades del mismo grupo? Cada sociedad, como entidad jurídica independiente, necesita cumplir la normativa de forma individual, aunque en la práctica podáis centralizar la elección del proveedor de software.
¿Puede mi empresa empezar a usar el modo Verifactu antes de 2027? Sí, y de hecho muchas empresas ya lo están haciendo de forma voluntaria durante 2026, aprovechando que los fabricantes llevan adaptados desde julio de 2025.
En el próximo artículo pasamos a la parte más práctica: una guía paso a paso, pensada tanto para autónomos como para empresas, sobre cómo adaptar tu negocio a Verifactu sin errores ni prisas de última hora.